Una propuesta al Pleno sugiere “una regulación
específica” que asegure la eficacia de la Administración garantizando en todo
caso la transparencia en la gestión de los recursos públicos
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| Irene García vota en un pasado Pleno de Diputación |
Cádiz, 18 de febrero de 2019. El Grupo Socialista de
la Diputación planteará en el próximo Pleno de la Corporación Provincial que el
Gobierno de la Nación modifique la Ley de Contratos del Sector Público, en el
sentido de flexibilizar las disposiciones en relación con los pequeños municipios
y con las entidades locales autónomas (ELA).
La propuesta socialista pretende que, respetando en
todo caso los principios de transparencia, se tengan en cuenta las
peculiaridades de esas corporaciones de pequeño tamaño y menor estructura
funcional. Más concretamente, se llama la atención sobre las dificultades
derivadas de la complejidad administrativa que introducen ciertas novedades
incorporadas por la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector
Público, como son el nuevo régimen de aplicación de los contratos menores o el
procedimiento abierto simplificado y las específicas para las entidades
locales, y de especial relevancia para los funcionarios de habilitación
nacional.
La iniciativa recuerda que la contratación de obras,
bienes, servicios y suministros es una herramienta propia de las
Administraciones Públicas que representa un importantísimo impacto económico,
democrático, social y medioambiental en nuestros pueblos y ciudades. No en
vano, la contratación pública representa el 18% del Producto Interior Bruto,
genera empleo, oportunidades empresariales y fomenta un nuevo modelo
productivo. Además, es pieza clave en la modernización del procedimiento
administrativo.
La nueva realidad legal establece que ningún poder
público puede adjudicar contratos menores (sin publicidad ni libre
concurrencia) a un mismo proveedor por un valor superior a 15.000 euros al año
en el caso de suministros y otros servicios, o a 40.000 euros anuales si se
trata de contratos de obras.
La legítima búsqueda de transparencia en el uso de
recursos públicos que inspira la Ley de Contratos del Sector Público se ha
traducido, en el caso específico de estas pequeñas poblaciones, en un obstáculo
que complica enormemente su gestión cotidiana, ya que cuestiones de mera
operatividad les obligan a que la mayoría de los contratos de obras y
suministros se resuelvan por medio de contratos de esta naturaleza. A todo ello
hay que añadir que, el propio tejido empresarial de estas localidades implica un
número de proveedores más reducido que en el caso de las grandes ciudades.
La tardanza en los procedimientos se pone de
manifiesto en la limitación del uso del contrato negociado por criterios de
precio, que hasta la fecha permitía a la Administración invitar a tres empresas
a un concurso sin publicidad. Con la nueva Ley se apuesta por el contrato
abierto simplificado, con una duración del proceso de contratación que rondará
el mes, pero con publicación obligatoria, todo ello bajo el paraguas de mejorar
la transparencia. Sin embargo, dadas la particularidad del ámbito local y la
existencia de numerosos municipios pequeños, la Ley debería haber previsto la
continuidad del contrato negociado, siempre con todas las garantías de
transparencia.
Así mismo, en virtud de la modificación del texto
normativo, las comunicaciones y las notificaciones serán realizadas por medios
telemáticos, mediante una dirección electrónica habilitada o comparecencia
electrónica. La presentación de ofertas y solicitudes de participación se
realizará, con carácter general, mediante medios electrónicos y todo ello
teniendo en cuenta la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Se trata ésta de una Ley que incorpora numerosas
exigencias e informes, lo que requiere de una profesionalización de técnicos a
la que difícilmente pueden acceder los ayuntamientos más pequeños. En
consecuencia, se consigue justamente lo opuesto al objetivo inicial,
provocándose la parálisis de una Administración que llega a vulnerar la
prestación de un servicio público ágil y eficaz para los ciudadanos.
Por todo ello, parece evidente que es necesaria una
regulación específica en esta materia para la Administración Local, y muy
especialmente para los municipios menores de 5.000 habitantes y para las ELA.

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